¿Que es Convenio Regulador?
Nuestro Código Civil (CC) atribuye a los cónyuges la facultad de regular los efectos derivados de su separación o divorcio. Para ello requiere que estos se consignen en un convenio regulador, que será pactado por ambos cónyuges.
El convenio regulador debe ser aprobado por el Juez o por el Notario (en caso de divorcio express). De modo que está sometido a cierto control, que trata de salvaguardar:
- Los derechos de ambos cónyuges. Así, a falta de acuerdo el Juez no aceptará un convenio que perjudique a una de las partes.
- El interés y derechos de los menores. En caso de que el matrimonio tenga hijos comunes es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal en su separación. El fiscal protegerá el interés de los menores, que debe prevalecer al de sus progenitores (principio favor filii).
Contenido del convenio regulador
El artículo 90 CC determina el contenido mínimo de cualquier convenio regulador, que incluye:
- Respecto a los hijos, los regímenes de patria potestad, custodia, visitas y comunicaciones. No hay que olvidar que los abuelos tienen derecho a ver a sus nietos, por lo que este derecho debe reconocerse y regularse en el convenio.
- Respecto del patrimonio común, la distribución de cargas y, en su caso, la liquidación del régimen económico matrimonial. También debe atribuirse el uso de la vivienda y el ajuar familiar, en caso de que no se enajenen.
- Respecto de otros efectos económicos es importante destacar que este es el documento donde se regularán la pensión compensatoria y la pensión de alimentos, en su caso.
En definitiva, el convenio regulador es un documento de innegable trascendencia económica. Por eso, aunque para su redacción no sea necesaria la intervención de un abogado, esta resulta más que recomendable.
Debe tenerse en cuenta que las pensiones (en especial la de alimentos) se someten a un estricto régimen de control. Su modificación y extinción requiere la intervención judicial. De modo que un pacto desfavorable puede convertirse en inviable si empeoran las circunstancias económicas del acreedor.
Cómo se aprueba el convenio
Como hemos señalado, el CC reconoce la autonomía de las partes. Por tanto, en principio, basta con que medie el acuerdo de los cónyuges. Será un Juez o un Notario el encargado de aprobar este instrumento. Sin embargo, y a fin de prevenir abusos, en determinadas situaciones estas autoridades pueden denegar la aprobación del convenio.
En caso de que se haya acudido al divorcio express (cosa que no puede ocurrir si existen hijos menores de edad) hay que tener especial cautela con los abusos. Y ello porque, una vez el Notario deniegue la aprobación del convenio, a los cónyuges no les quedará más vía que la judicial.
Y, como se ha indicado, cuando existan hijos menores no solo no se podrá acudir al procedimiento del divorcio exprés, sino que además deberá intervenir la fiscalía en el procedimiento.
Qué pasa si no se aprueba el convenio
A falta de acuerdo, será el Juez quien determine las consecuencias de la separación o divorcio. Para ello oirá a las partes, incluidos a los hijos mayores de 12 años si estima que tienen juicio para ser oídos (Vg. STS n.º 413/2014).
La solución judicial siempre es la más insatisfactoria, ya que al menos una de las partes verá desatendidos sus intereses. Por eso conviene la asistencia de un letrado durante las negociaciones. En caso de que estas sean tensas se puede solicitar la intervención de un mediador, facilitador o conciliador.
Sin embargo, en muchas ocasiones las rencillas matrimoniales impiden negociar racionalmente. También puede ocurrir que una de las partes ostente una posición de poder. Por ejemplo, es el caso en que uno de los progenitores tiene altos ingresos mientras que el otro abandonó su vida laboral para dedicarse al cuidado de los hijos.
En estos casos resulta prácticamente inevitable terminar en el juzgado. Mediante la asistencia de abogado y procurador se defenderán los intereses del cliente en el proceso de separación o divorcio. Llegado este punto, las consecuencias de la crisis matrimonial se determinarán mediante sentencia de separación o divorcio y no mediante convenio regulador.
Cumplimiento del convenio regulador
En la medida en que el convenio regulador resulta obligatorio, ambos progenitores deben respetarlo. Si se dan incumplimientos por parte de uno de ellos, el otro podrá acudir a la jurisdicción civil para ejecutar el convenio.
Las consecuencias de este tipo de litigios pueden ser variadas:
- Cabe la posibilidad de imponer multas para forzar al progenitor rebelde a cumplir.
- El juez puede apercibir de que, de no cumplirse el convenio, se incurrirá en un delito de desobediencia a la autoridad. Esto abre la puerta a una eventual querella.
- Si se demuestran deudas se puede proceder por vía de apremio contra el deudor. Lo cual termina con el pago de las mismas o el embargo de sus bienes.
- En algunos casos puede ser el primer paso para modificar el convenio, incluyendo aspectos relevantes como la custodia o incluso la patria potestad.
Fuente: conceptosjuridicos.com
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