Listado de la etiqueta: ejecución hipotecaria

Fuente: www.expansión.com

El Gobierno ha detallado los requisitos que deben reunir los ciudadanos afectados por un proceso de desahucio para evitar el desalojo de su vivienda.

De esta forma, quien cumpla el perfil podrá permanecer en su casa durante dos años sin ningún tipo de coste, pero el proceso de ejecución hipotecaria seguirá su curso. Es decir, lo único que se pospone es el lanzamiento o desalojo, pero la vivienda igualmente pasa a ser parte del banco y tendrá disponibilidad total de la misma pasados esos dos años de plazo.

Eso sí, cualquiera no responderá con ese perfil pues el Gobierno ha incluido múltiples exigencias. Por un lado, deberá cumplir con cuatro características de carácter económico.

CUATRO REQUISITOS DE CARÁCTER ECONÓMICO INDISPENSABLES
1-Rentas no superiores a tres veces el IPREM
Se beneficiará de esta medida quien no supere el nivel de rentas previsto tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Públicos), que en 2012 es de 532 euros al mes, lo que representaría familias cuyos ingresos mensuales no superen los 1.597 euros.

2-La carga hipotecaria se haya multiplicado al menos 1,5 veces
Además, estos colectivos han tenido que sufrir una alteración significativa de las circunstancias económicas, es decir, cuando la carga hipotecaria se haya multiplicado, al menos, por un 1,5 veces en los últimos cuatro años;

3-La cuota supere el 50% de los ingresos
También la cuota hipotecaria debe superar el 50% de los ingresos netos.

4- Crédito garantizado sobre la única vivienda en propiedad
Y que se trate de un crédito garantizado con hipoteca sobre la única vivienda en propiedad.

ESTAR EN AL MENOS UNA SITUACIÓN SOCIAL VULNERABLE
5- Perfiles sociales
Además, de cumplir todos estos requisitos económicos sólo se podrán acoger a la moratoria del desalojo quienes estén en unas circunstancias sociales especialmente vulnerables. El Ejecutivo ha detallado también estas situaciones sociales en las que una persona debe estar, al menos en una, para poder acogerse a esta medida:

– Ser familias numerosas de acuerdo con la definición en la legislación vigente.

– Constituir una unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo.

– Ser familias con algún menor de tres años.

– Tener a su cargo a personas en situación de discapacidad superior al 33% o dependencia que incapacite de modo permanente para una actividad laboral.

– Ser deudores en paro y sin prestación por desempleo.

-Constituir unidades familiares en las que convivan en la misma vivienda una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consaguinidad o afinidad y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que le incapacite de forma temporal o permanente para una actividad laboral.

-Estar en algunos supuestos de violencia de género.

En definitiva, quien pueda acogerse al aplazamiento del desalojo de su vivienda en un proceso de desahucio va a ser un colectivo muy concreto y, probablemente, muy reducido. Desde el Ministerio de Economía no se ha querido dar una cifra de cuántas personas pueden verse beneficiadas con esta medida. Además, esta medida no tiene carácter retroactivo y para quienes hayan perdido su casa en los últimos años el Ejecutivo va a crear un fondo de vivienda social con alquileres reducidos.

Conclusiones de la Abogada General del Tribunal de Justicia Europeo sobre el sistema español de ejecución hipotecaria

Auto de planteamiento de la cuestión

20121109 Conclusiones de la Abogado General Sra. Juliane Kokott

Fuente: Comunicación Poder Judicial

 Acceso a las conclusiones presentadas por la Abogada General del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) en la decisión prejudicial que presento el Juzgado Mercantil 3 de Barcelona sobre el sistema español de ejecución hipotecaria (Asunto C-415/11).

Dichas cuestiones prejudiciales fueron instadas ante el Tribunal de Justicia Europeo por el Juzgado Mercantil 3 en el juicio ordinario promovido por el Sr. Mohamed Aziz frente a la Caixa d’Estalvis de Catalunya.

Las conclusiones de la Abogada General pueden ahora ser aceptadas o no, en todo o en parte, por el TJUE.

El demandante solicita ante el Juzgado de lo Mercantil que se declare el carácter abusivo y la consiguiente nulidad de la cláusula decimoquinta del contrato de préstamo hipotecario  y por ende, que se declare nulo el procedimiento ejecutivo tramitado con anterioridad al proceso ordinario.

Se adjuntan las conclusiones de la Abogada General del Tribunal de Justicia Europeo, así como las cuestiones prejudiciales planteadas por el titular del Juzgado Mercantil 3 de Barcelona, Jose Maria Fernandez Seijo.

Fuente: www.cadenaser.com

Escrito Abogacia suspensión ejecuciones hipotecarias

El Consejo General de la Abogacía Española ha puesto a disposición de la ciudadanía un escrito, accesible en la página web de la Cadena SER, que podrán presentar ante la justicia para intentar evitar los desahucios. Está redactado por letrados del Colegio de Abogados y dirigido a todos aquellos afectados por ejecuciones hipotecarias y asociaciones de consumidores. Podrá presentarse ante los Juzgados de Primera Instancia y también ante los de Ejecución Hipotecari. Insta a las autoridades judiciales a que acuerden la suspensión inmediata de los desahucios de las viviendas sujetas a préstamos hipotecarios. El documento podrá ser presentado directamente por el ciudadano afectado por un desahucio, y también por su defensa a través de un procurador.

El escrito solicita al órgano judicial competente que detenga el desahucio. Fundamenta sus alegaciones jurídicas en la «situación de emergencia social causada por los más de 400.000 desahucios que se han dado en España desde 2007». Remite también a la «violación sistemática del derecho fundamental a una vivienda adecuada» así como a la cuestión prejudicial del actual sistema español de ejecución hipotecaria: pide que se frenen los procesos de desahucio hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decida si este sistema se acoge a la normativa comunitaria. El Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona presentó en 2011 esta cuestión prejudicial ante la justicia europea.

Alegan desde el Consejo de la Abogacía que en muchos procedimientos los afectados, dada su precaria situación económica «no han podido designar abogado y procurador que los defienda, por lo que los procesos judiciales se han seguido en situación de rebeldía». Señalan que los desahucios masivos «en el actual entorno de crisis» conlleva a la práctica de unos desalojos forzosos que definen como «incompatibles con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales» ratificado por España.

Fuente: www.eleconomista.es

  • La cantidad a abonar al banco y al juzgado se calcula sobre el crédito completo
  • Por impago de un préstamo de 200.000 euros se pagan 108 euros diarios al banco

Intereses de demora, costas y comisiones bancarias por el impago de mensualidades pueden duplicar la deuda hipotecaria una vez que el banco decide ejecutar el préstamo hipotecario por impago e iniciar el procedimiento de desahucio.

Estos son tres de los principales problemas que Gobierno y PSOE tendrán que despejar en sus negociaciones si quieren acabar con el actual panorama de desahucios. El problema es que cuando se inicia el procedimiento, la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que la entidad bancaria dé por vencida la totalidad del préstamo, aunque no se haya producido más que el impago de una sola de las cuotas.

Esto quiere decir que el banco puede reclamar en ese momento todo lo adeudado por el capital e intereses ordinarios y, además, los intereses de demora, en este caso por la totalidad del préstamo.

Un ejemplo tipo

Para una hipoteca de 206.500 euros de capital, una hipoteca media, cuyas mensualidades eran de 927 euros, el impago de varias cuotas dio lugar a que el banco declarase vencido el crédito y exigiese intereses de demora por la totalidad de lo adeudado, de manera que éstos se cifran en un total de 108 euros diarios.

Esta situación ha venido siendo denunciada públicamente por los registradores de la propiedad durante los últimos años y por los jueces en los últimos meses, ya que en muchas ocasiones consideran que se roza la usura. Estos intereses suponen por término medio algo más del 20%, aunque en ocasiones los dígitos sobrepasan esas cifras, apoyándose en el vacío legal y en una jurisprudencia que en muchas ocasiones los ha considerado procedentes a la vista del incumplimiento del deudor.

Naturalmente, con la exigencia del capital más los intereses legales y, además, unas cantidades tan desorbitadas hacen inviable cualquier solución y agravan alarmantemente la insolvencia del deudor de la que ya no va a poder salir.

Por eso, mientras que el debate abierto por entidades sociales, jueces, registradores de la Propiedad y políticos tiene su foco puesto en la dación en pago, la solución es mucho más compleja. Puesto que, aunque la responsabilidad del deudor quede limitada por la entrega de la vivienda, quedarían aún los intereses moratorios por pagar que son, como se ve en el ejemplo, muy difíciles de solventar, máxime cuando en muchas ocasiones en lugar de los seis meses que se suele emplear en los procedimientos se llega, incluso al año y medio.

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Fuente: www.eleconomista.es

La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Juliane Kokott, ha dictaminado este jueves que la ley española de desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las hipotecas.

El dictamen de la abogada general responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra Catalunya Caixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca.

El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.

En sus conclusiones presentadas este jueves, la abogada general recuerda en primer lugar que, al no existir en el derecho de la UE una armonización de las medidas de ejecución forzosa, corresponde a los Estados miembros establecer las modalidades procesales.

No obstante, el dictamen precisa que la regulación procesal nacional no puede conducir a que se obstaculice la invocación de los derechos garantizados al consumidor por la directiva europea contra las cláusulas contractuales abusivas.

En este sentido, la abogada general estima que «la regulación procesal española es incompatible con la directiva, pues menoscaba la eficacia de la protección que ésta persigue».

«No constituye una protección efectiva contra las cláusulas abusivas del contrato el que el consumidor, a raíz de dichas cláusulas, deba soportar indefenso la ejecución de la hipoteca con la consiguiente subasta forzosa de su vivienda, la pérdida de la propiedad que la acompaña y el desalojo, y que sólo con posterioridad esté legitimado para ejercitar la acción de daños y perjuicios», resalta Kokott.

Al contrario, la norma europea exige «que el consumidor disponga de un recurso legal eficaz para demostrar el carácter abusivo de las cláusulas de su contrato de préstamo, merced al cual, si se da el caso, pueda detenerse la ejecución forzosa».

La abogada general insiste en que el juez debe tener la posibilidad de suspender la ejecución forzosa hasta que se haya comprobado el carácter abusivo de una cláusula contractual, de modo que se impida que el procedimiento ejecutivo cree en perjuicio del consumidor una situación que posteriormente sea de muy difícil o imposible reparación.

El dictamen de la abogada general no tiene carácter vinculante, pero el Tribunal sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia se dictará en un momento posterior.

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Fuente: www.elmundo.es

El vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, ha defendido hoy una reforma de la ley hipotecaria tras admitir que la actual normativa está produciendo «disfunciones» por el elevado número de desahucios ordenados y el impacto social que comportan.

La problemática derivada de las ejecuciones hipotecarias, que se han disparado desde el inicio de la crisis, es uno de los asuntos que se tratarán en la XXII edición de las jornadas de jueces decanos de España, que este año se celebran por primera vez en Barcelona con la asistencia de 47 magistrados.

El vicepresidente del CGPJ, que ha inaugurado las jornadas, ha afirmado en declaraciones a los periodistas que existe una «problemática social»derivada de las ejecuciones, por lo que sería necesaria una reforma de la ley hipotecaria dado que la actual está provocando «disfunciones».

De Rosa ha insistido en que las propuestas de reforma de la legislación hipotecaria, que los jueces decanos «debatirán en profundidad» en estas jornadas, se plantearán «dentro del respeto al poder ejecutivo y al judicial».

Por ese motivo, el vicepresidente del Consejo ha resaltado que la judicatura está obligada a «aplicar la ley» y que la legislación «no puede ser sustituida por las iniciativas particulares» de uno u otro juez.

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Fuente: www.elpais.es

Jueces y fiscales denunciaron ayer los “movimientos especulativos” de bancos y cajas en las ejecuciones hipotecarias, ya que han detectado que están retrasando intencionadamente las subastas de pisos que preceden al desahucio, a la espera de que las viviendas aumenten su valor y para no engrosar su pasivo en los balances. Las cuatro asociaciones de jueces y las tres de fiscales advirtieron de que relegarán los asuntos iniciados por los bancos, entre ellos los desahucios, que están “colapsando” los juzgados, si no se les facilitan los medios adecuados para afrontarlos. “Las entidades han convertido los tribunales en sus oficinas recaudatorias”, afirmó la portavoz de la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM).

Las asociaciones de jueces y de fiscales hilaron en una comparecencia conjunta un duro discurso contra las entidades bancarias, a las que acusan de “sobrecargar” los juzgados después de “actuar negligentemente con operaciones financieras de riesgo”, en palabras del portavoz de la progresista Jueces para la Democracia, Joaquim Bosch.

Además de colapsar los tribunales con un “espectacular” incremento de acciones, bancos y cajas “han paralizado en ocasiones las ejecuciones, a la espera de conseguir un mejor precio para los inmuebles que existen ahora en una bolsa de embargo y ejecuciones”, advirtió la portavoz de la APM, María Teresa Sáez. Con la creación del llamado banco malo, explicó Sáez, esperan una avalancha de bancos que reactiven los desahucios y, entonces sí, se adjudiquen los inmuebles, para deshacerse de ellos transmitiéndolos después al organismo.

Magistrados y fiscales entienden que los asuntos que presentan los bancos en los juzgados —no solo las ejecuciones hipotecarias— son especialmente complejos, ya que, según Bosch, “incluyen cláusulas que en ocasiones son abusivas y, por tanto nulas, y contratos de adhesión discutibles”, que requieren de un estudio especial. En un contexto de “grave sobrecarga” en los tribunales, eso significa que los asuntos de los ciudadanos particulares quedan en un segundo plano, por lo que es conveniente establecer “un orden de prioridades”. Proponen un “turno especial” para estos asuntos, pero hasta que eso no sea posible, los relegarán si no se les facilitan recursos para hacerles frente.

La amenaza de aparcar los litigios de los bancos “no es retórica”, indicó Bosch, pero aún no ha sido aprobada por las juntas de jueces. Lo que sí van a hacer a partir de este viernes es “autorregularse”, fijando como carga máxima de cada juzgado los módulos establecidos por el Consejo del Poder Judicial (CGPJ). Así, por ejemplo, los dos juzgados mercantiles de Zaragoza, para los que el Poder Judicial ha fijado módulos de 20 concursos de acreedores al año, y que han recibido en 2012 más de 200, se limitarán a tramitar los 20 que dice el CGPJ. Si el Gobierno no atiende a sus reclamaciones, tampoco descartan ir a la huelga.

Los jueces y fiscales reclaman además al Ejecutivo que retire el proyecto de ley de reforma del estatuto de los jueces, la reforma del Consejo del Poder Judicial y que asimile la inversión española en Justicia a la media europea. Los magistrados extienden su oposición a la reforma del ministro de Justicia que pretende elevar las cuantías de las tasas por presentar recursos y que pueden llegar a 800 euros, para pleitos laborales o contencioso-administrativos, que estaban exentos. Eso sí, no ven con malos ojos que las entidades bancarias paguen un extra. Lo apuntó la portavoz de la APM: «Sí estoy de acuerdo con imponer determinadas tasas a entidades que utilizan la Administración de Justicia para fines privados» .

“Apoyamos la dación en pago”, dice la portavoz de la APM

María Teresa Sáez es la nueva portavoz de la asociación mayoritaria de jueces, la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), en sustitución de Pablo Llanera. Magistrada de la Audiencia Provincial de Málaga, de 51 años, cree que el reciente informe de siete jueces que denunció los abusos del sistema legal de desahucios es “valiente” y “atiende a la realidad”. Sáez comparte con el estudio de los magistrados que coordinó el vocal Manuel Almenar la necesidad de regular la dación en pago, aunque no de forma generalizada. “Es urgentísimo reformar la ley hipotecaria, no basta con recomendaciones”, apunta.

La asociación cree que la dación (que la entrega de la vivienda salde la deuda) debería beneficiar a quienes no hayan adquirido la vivienda para especular y hayan pagado la hipoteca en un porcentaje “razonable” que “evidencie la voluntad de pagar” del deudor, “aunque la crisis se lo haya impedido”.

La APM está de acuerdo también con que se articulen moratorias en los pagos de los préstamos, y pide a los legisladores que no se amilanen con este asunto: “Nos gustaría que los políticos volvieran la cara hacia el ciudadano medio y afrontaran las reformas”.

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Fuente: www.elpais.es

Pedro Luis Viguer es un hombre que tiene 107 juzgados a su cargo. El drama social del desahucio le resulta muy cercano. Día tras día, observa casos como el de esa pareja de abuelos que son desahuciados y se quedan en la calle por haber avalado el préstamo hipotecario de sus hijos con su vivienda. Dos personas más a la calle.

Hace ocho meses el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) constituyó un grupo de trabajo para agilizar la Justicia. Durante ocho meses, seis magistrados de distintos puntos de la península, coordinados por el vocal del CGPJ Manuel Almenar, produjeron un documento de 85 folios con 40 propuestas (Propuestas para la reforma y agilización de los procesos civiles) y un anexo dedicado en exclusiva a la cuestión de los desahucios.

Viguer (Valencia, 1965) redactó el anexo Propuestas en materia de endeudamiento familiar y consecuencias de la ejecución hipotecaria; un documento, refrendado por sus colegas, según explica, en el que se denuncian los abusos del sistema de desahucios español y se proponen reformas. Se habla de mala praxis de los bancos, de “comercialización irresponsable, cuando no torticera, de productos financieros complejos”, de la necesidad de flexibilizar una legislación de 1909 que deja en situación de indefensión a los deudores frente a los bancos.

El miércoles EL PAÍS avanzaba el contenido del anexo y horas después el CGPJ tumbaba ese trabajo elaborado a lo largo de ocho meses. Desde el órgano rector de los jueces se aducía que el anexo no había sido formalmente aprobado y que el Consejo del Poder Judicial no había sido informado de la existencia de este trabajo; por tanto, no lo asumía como propio.

Pregunta. Los presidentes de las Audiencias Provinciales pedían el jueves el desarrollo de la dación en pago, lo cual supone un espaldarazo al informe que ustedes redactaron. ¿Qué pensó al escuchar la noticia?

Respuesta. Para nosotros es un respaldo importante y la verdad es que me alegro de que un foro tan importante haya llegado a una conclusión en la línea que nosotros propugnábamos en el informe. Nosotros somos jueces, y no somos legisladores, pero estamos en los juzgados y somos unos espectadores privilegiados de lo que sucede. Creo que nosotros podemos, y debemos, contar aquello que vemos y señalar en qué podríamos mejorar la regulación de procedimientos hipotecarios.

Ese mismo día, el jueves, el drama diario del desahucio ofrecía su peor cara. En Granada, José Miguel Domingo, de 53 años, se ahorcaba en su domicilio cuando estaba a punto de ser desahuciado. Y en Burjassot, Valencia, Manuel G. se lanzaba al vacío —está fuera de peligro— momentos antes de que la procuradora llegara a su vivienda con la orden de desahucio.

P. ¿Usted ha tenido un contacto directo con el drama social del que habla el informe?

R. Yo soy juez y soy un ciudadano. Estoy en el mundo, los jueces me transmiten cosas, veo otras como ciudadano, en la calle, en los medios de comunicación… Nuestro margen de actuación es mínimo, es nulo, no podemos hacer nada con la actual legislación. Solo podemos hacer sugerencias para que se modifique: consideramos que es un procedimiento muy contundente, muy agresivo, en el que el deudor no tiene ninguna posibilidad de defensa y que está causando una auténtica sangría social de quienes en definitiva constituyen el último eslabón de la cadena.

Viguer explica cómo se desarrolló el trabajo. Los jueces se repartieron las materias, intercambiaron documentos por correo electrónico, aportaron ideas, debatieron, corrigieron. Se celebraron cinco reuniones en Madrid. En la última, en septiembre, se debatió “durante unos 30 o 45 minutos”, el documento sobre el desahucio. “Todos lo asumimos en el Consejo del grupo de trabajo”. El CGPJ adujo el miércoles que el anexo no había sido formalmente aprobado. “Un grupo de trabajo no funciona votando las propuestas”, aduce el Juez Decano de los Juzgados de Valencia.

P. En el informe hablan ustedes de “mala praxis” de bancos, y de la “comercialización irresponsable, cuando no torticera, de productos financieros complejos”.

R. Hay que buscar un punto de equilibrio que permita distribuir las cargas sociales de las consecuencias de la crisis económica. Y no hay que olvidar que las entidades bancarias disponen de este procedimiento absolutamente privilegiado y contundente frente al deudor, que nada puede alegar. Además, determinadas entidades bancarias están recibiendo ayudas económicas. Pero bueno, este es un tema de política económica en el que no debemos entrar.

Pedro Luis Viguer señala que si uno se endeuda para comprar un electrodoméstico, no paga y la Justicia le reclama, el juez tiene margen para valorar las circunstancias del deudor. En el caso de una vivienda, no. Los bancos gozan de un procedimiento privilegiado para el cobro de créditos hipotecarios que data de 1909. “El régimen es durísimo. Prácticamente no se pueden realizar alegaciones salvo dos o tres causas tasadas que están en la ley, pero que no se dan en la práctica. Lo que no tiene sentido es que sean más amplias las posibilidades que uno tiene de formular alegaciones y de oponerse a una sentencia que las que tiene frente a la ejecución de una escritura de préstamo hipotecario”.

El informe denuncia que las entidades bancarias hoy en día se adjudican las viviendas de los desahuciados por un 60% de su valor. Propone que se otorgue al juez la posibilidad de conceder moratorias en el pago de cuotas en el caso de desgracias familiares, paro, accidentes de trabajo o larga enfermedad del deudor. Pretende proteger a los más indefensos. “Aquí no pretendemos hacer una revolución, no es lo mismo que uno vaya a quedarse sin su vivienda habitual a que se vaya a quedar sin su segunda vivienda. No es lo mismo una vivienda que se adquiere para especular que un hogar”. También propone que la dación en pago, la entrega de la vivienda como modo de cancelar el crédito, se convierta en una regulación imperativa en determinadas circunstancias. “Hay algunos juzgados vanguardistas que han aplicado la dación en pago, pero luego estas resoluciones normalmente han sido revocadas por las Audiencias”, explica Viguer.

El estudio critica algunas de las medidas del Código de Buenas Prácticas instaurado por el Partido Popular y profundiza en ellas. “Ha fracasado, ha sido escasamente útil”, dice Viguer. En la práctica, manifiesta, solo se aplica en situaciones cercanas a la indigencia. Y, además, es voluntario para los bancos, por lo que no ha tenido mucho recorrido. La propia vicepresidenta del gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, anunciaba el viernes tras el Consejo de Ministros que el Gobierno va a estudiar la reforma de este código. Y el Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, declaraba que la cuestión de los desahucios “merece una reflexión”.

P. ¿Con qué cuerpo se queda uno cuando el CGPJ tumba un informe que ha llevado ocho meses de trabajo?

R. Desanimado. Vivimos en un mundo muy estático y con la limitación de recursos económicos que hay ahora, uno de los pocos ámbitos en los que se puede incidir es en el ámbito legal y procesal, cambiar las leyes, que no cuesta dinero. Que esto no haya sido avalado por el Consejo produce cierta de desazón, pero lo asumo, como no podía ser de otro modo. En cualquier caso, nuestro trabajo está ahí.

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