Si ha sido madre reclame ya y recupere lo que ha tributado por la prestación de maternidad en el IRPF. La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid obliga a Hacienda a devolver lo tributado.
Para reclamar puede ponerse en contacto con nuestro Despacho de Abogados, le atenderemos sin compromiso y resolveremos sus dudas jurídicas:
info@h-abogados.com, www.h-abogados.com, 912791980
Mujer embarazada. (EFE)
La publicación de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) según la cual la prestación por maternidad está exenta de tributar por IRPF ha provocado a lo largo de todo el día de hoy un aluvión de reacciones y división de opiniones entre expertos y responsables políticos y sindicales. PSOE y C’s anunciaron que estudiarán la resolución.
Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) consideraron que la exención del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) a la prestación por maternidad que concede la Seguridad Social declarada por una sentencia del TSJM, tal y como adelantó hoy CincoDías, “choca con los principios de igualdad y progresividad fiscal que proclama el artículo 31 de la Constitución española”. En opinión de esta organización, el cobro de esta prestación permite a las personas trabajadoras durante la baja por maternidad continuar manteniendo un poder adquisitivo similar al que tenían con su nómina y, por lo tanto, su capacidad contributiva con el sistema.
Por ello, Gestha consideró que “desde una visión exclusivamente técnica”, las exenciones de cualquier clase de renta “deben establecerse por razones muy fundamentadas y justificadas”. Como ejemplo, el colectivo señaló la prestación por desempleo, que tributa en el IRPF “a pesar de que va dirigida a personas que se encuentran en una situación normalmente más precaria que la de una trabajadora de baja por maternidad”, informa Europa Press.
Además, Gestha señala que esta exención produciría un “agravio comparativo en términos de progresividad”, ya que la “exención no distinguiría si se trata de un contribuyente con ingresos elevados o bajos”, por lo que “se beneficiarían de ella tanto las madres con sueldos bajos, como las directivas de grandes empresas”.
Oleada de demandas
El sindicato UGT exigió al Ministerio de Hacienda y Función Püblica que devuelva de oficio las retenciones de IRPF practicadas en las prestaciones por maternidad y paternidad, tras la sentencia del TSJM o, en caso contrario, llama a los casi 2,5 millones de afectados a reclamar su devolución.
En un comunicado, UGT exige a Hacienda que modifique su interpretación de la Ley del IRPF para que la prestación por maternidad y paternidad quede exenta del pago de este impuesto, ya que así lo recoge la actual legislación, como ha sentenciado el TSJM.
Y es que el fallo de la sentencia abre la puerta a que las trabajadoras que dedican parte de su tiempo al cuidado de menores tras su nacimiento o adopción durante las 16 semanas de duración del permiso de maternidad puedan reclamar la devolución de lo que han abonado por el impuesto entre 2012 y 2016, “y lo mismo tendría que ocurrir con las prestaciones por paternidad”, explicó UGT.
La organización sindical cifra en 2.499.892 el número de trabajadores que han percibido prestaciones de maternidad y paternidad desde 2012, y que a su juicio podrían reclamar a Hacienda la devolución de los últimos cuatro años.
En este sentido, los grupos parlamentarios socialista y de Ciudadanos aseguraron ayer que analizarán en detalle las implicaciones que pueda acarrear la citada sentencia.
El diputado del PSOE Pedro Saura aseguró que su partido está dispuesto a estudiar los cambios necesarios para avanzar hacia un IRPF más progresivo, que distribuya mejor la riqueza y que ayude a las familias y a la conciliación de la vida personal y laboral.
Por su parte, el diputado de la formación naranja Vicente Ten explicó que hay que analizar la sentencia porque la prestación por maternidad “siempre se ha entendido como un rendimiento del trabajo”, por lo que consideró que habrá que estar pendiente también de lo que se resuelva sobre este caso en instancias superiores, ya que la sentencia del TSJM no sienta jurisprudencia.
Por último, fuentes de la Agencia Tributaria insistieron en que la Dirección General de Tributos mantiene su criterio, tal y como establece además la norma, según el cual la prestación por maternidad debe tributar por IRPF. Las mismas fuentes recuerdan que la propia sentencia establece que no ha lugar a recurso de casación contra la misma, por lo que todo dependerá de si se produce o no una avalancha de demandas y qué determina sobre las mismas cualquier tribunal superior de justicia.
Fuente: cincodias