Otra sentencia que anula un ERE: El TSJPV declara la nulidad del ERE de extinción de Laminaciones Arregui
Fuente: www.elmundo.com
Considera en su sentencia que se vulneran ‘los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical
La Sala de lo Social de Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha estimado la demanda dirigida por el comité de Laminaciones Arregui y el sindicato ELA contra la empresa propietaria de la planta, Celsa Atlantic, declarando nulo el despido colectivo que pesaba sobre la plantilla de trabajadores considerando que vulnera «los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical».
El pasado 18 de septiembre se celebró en Bilbao el juicio para decidir si se declaraba o no nulo el ERE de extinción para toda la plantilla,compuesta por 358 trabajadores. En el juicio, el comité de empresa pidió la nulidad o, en su defecto, la improcedencia del expediente porque, a su juicio, no concurrían «ni causas económicas, ni productivas para el cierre total de la empresa».
La sentencia considera probado que el ERE de extinción presentado por la dirección de esta empresa el pasado 9 de mayo y que afecta a sus dos plantas en Álava, una en Vitoria y otra en Urbina, constituye «una respuesta o represalia empresarial» por la huelga general iniciada el día anterior por los trabajadores.
El tribunal no ve justificada la argumentación de la empresa de que el despido colectivo se basa en «causas de naturaleza económica» y aunque considera que la compañía tiene «una situación económica complicada», «en modo alguno se prueba que esta situación sea suficiente para poder adoptar la medida extintiva de la intensidad de la adoptada».
Además, la Sala de lo Social recuerda que la empresa presentó con anterioridad al ERE de extinción, otro que afectaba a 91 trabajadores, y que en el tiempo entre ambos expedientes la empresa no sufrió modificaciones en su «situación económica-financiera».
El tribunal analiza también el hecho de que hasta que tuvo lugar el juicio oral por este proceso, celebrado el pasado 18 de septiembre en Bilbao, la empresa despidió a un total de 178 trabajadores, de los cuales, 97 han sido empleados afiliados a ELA.
En este sentido, la Sala estima que existe una «conexión directa entre el modo en que la empresa está haciendo efectivas las extinciones de contratos y la afiliación sindical a una determinada central sindical particularmente, como es ELA«.
«Las cifras son relevantes, puesto que más de la mitad de los despedidos son personas afiliadas a este sindicato, exactamente un 54,49%«, afirma el tribunal.
La sentencia dice asimismo que «sorprende que la drástica medida adoptada del cierre de dos empresas» se haya adoptado en relación con las plantas ubicadas en Álava, «sin que conste medida alguna» en los centros que este grupo tiene en Laracha (A Coruña) y Orense, a pesar de que la situación económica es «complicada» para toda la empresa.
«Esta reflexión final, -resume la Sala- no hace sino reforzar el convencimiento» de que el ERE de extinción «constituye una vulneración» de los derechos de huelga y libertad sindical y una «directa respuesta» a la decisión colectiva de secundar una huelga indefinida».
Celsa Atlantic se dedica a la fabricación y comercialización de fleje laminado en caliente y de tubo de acero conformado en frío y caliente.
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