Listado de la etiqueta: Tasas Judiciales

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Fuente: www.eleconomista.es

La Sala IV del Tribunal Supremo, en pleno no jurisdiccional, ha acordado que los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social no tendrán que pagar tasa judicial alguna al interponer recursos de suplicación o casación, quedando exentos, por tanto, de pagar el 40 por ciento de la tasa al pedir una segunda opinión judicial, tal y como prevé la Ley de Tasas.

Se fija así cuál debe ser la pauta de actuación de los jueces, que se han venido pronunciando en el mismo sentido que el Supremo tras la entrada en vigor de la Ley de Tasas (Ley 10/2012) y su posterior modificación por el Real Decreto Ley 3/2013.Precisamente la combinación de ambos textos «ha generado múltiples dudas a los órganos jurisdiccionales del Orden Social», según reconoce el Tribunal.

El Supremo también aclara que la exención de las tasas se aplicará «incluso en el caso de las generadas antes de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 3/2013, lo que conduce a proyectar lícitamente esa exención total del trabajador a las tasas generadas a partir del 22 de noviembre de 2012″, fecha en que entró en vigor la Ley de Tasas..

Un texto corregido

En principio, la Constitución y la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita de 1996 prevén la exención total y automática del pago de tasas por parte de trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, independientemente de la insuficiencia de sus medios. Luego llegó la Ley de Tasas, patrocinada por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que creó una «exención parcial para los trabajadores de un 60 por ciento» en caso de recurrir.

Así, con la nueva norma, la primera decisión judicial seguía exenta en todo caso, pero no así las siguientes. Sobre este punto, el Supremo asegura en su acuerdo que al establecerse una exención parcial para los trabajadores, se «modificó o anuló en parte ese beneficio automático o completo».

Sin embargo, la aprobación del Real Decreto Ley de 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de Asistencia Jurídica Gratuita, hace que esa posible derogación quede «absoluta y profundamente alterada».

Tanto es así que, para el Supremo, «podemos concluir que desde esa fecha, en principio (…) los trabajadores y beneficiarios del sistema público de Seguridad Social vuelven a tener el beneficio de asistencia jurídica gratuita en los términos previstos en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita de 1996».

El texto, que modifica en parte la Ley de Tasas, implica que los trabajadores (y por extensión los beneficiarios del sistema público de Seguridad Social , que tienen el mismo beneficio) «no han de abonar tasa alguna por la interposición de los recursos». Lo mismo cabe aplicar a los funcionarios y personal estatutario cuando actúan ante la jurisdicción Social, ya que éstos «gozan del derecho a la asistencia jurídica gratuita en los mismos términos que los trabajadores».

Los sindicatos, exentos

En cuanto a los sindicatos, el Supremo aclara que éstos estarán exentos de efectuar depósitos y consignaciones en todas sus actuaciones ante el orden social y gozarán del beneficio legal de justicia gratuita cuando ejerciten un interés colectivo en defensa de los trabajadores y beneficiarios de la seguridad social, tal y como recoge la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Esta condición comprende la exención del pago de cualquier tasa.

Fuente: www.elmundo.es

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, ha alertado de que «si la justicia es más cara», las víctimas de violencia de género renunciarán «aún más» a seguir adelante con el proceso judicial contra su agresor.

Montalbán señaló que en el segundo trimestre de 2012 estas renuncias aumentaron un 13,4% respecto al trimestre anterior, y achacó este mal dato «a la crisis y a la incertidumbre económica».

Por eso, si el anteproyecto de ley que prevé encarecer las tasas judiciales en segunda instancia entre 50 y 750 euros sale adelante, producirá un mayor retraimiento por parte de las mujeres, vaticinó. Cuando hay inseguridad respecto al empleo propio o por la situación económica general, «habrá mujeres que teman por la posibilidad de mantenerse a ellas y a sus hijos y no se atrevan a continuar con la denuncia contra su agresor, del que pueden depender económicamente», subrayó Montalbán.

De ahí que aunque «posiblemente» la nueva ley incluya a estas mujeres entre los colectivos exentos y con derecho a la asistencia gratuita, puede cundir el miedo.

«Trabajaremos para que así sea», señaló Montalbán, aunque advirtió de que «el número de papeles y trámites» que se deben recoger para que se reconozca este derecho «es tan largo», que muchas mujeres necesitarán ayuda «solo para conseguirlo».

A su juicio, son muchas las causas por las que una mujer decide no seguir adelante (miedo, chantaje, presión familiar…) y si además existe la incertidumbre sobre la gratuidad de la justicia, «será todavía peor».

«Estoy en contra de cobrar tasas por el acceso a la justicia», apuntó Montalbán, para quien este tipo de medidas «aumentará la brecha entre justiciables y la Administración». En su opinión, «solo se debería cobrar a las grandes compañías, que pleitean cotidianamente, pero nunca a los particulares, para los que la justicia es siempre el último recurso».

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Fuente: www.expansion.com

El Gobierno ha decidido hoy un calendario de medidas estructurales que aporten seguridad jurídica en los próximos seis meses que apoyarán la ya aprobada Ley de Mediación.

El Consejo de Ministros ha resaltado en un documento que la primera medida adoptada ha sido la Ley de Mediación Civil y Mercantil, para incorporar un nuevo mecanismo de resolución de conflictos voluntario, ágil, flexible y económico, favoreciendo la reducción de la litigiosidad y aligerando la sobrecarga de la Administración de Justicia.

El Gobierno ha avanzado cinco medidas principales que se aprobarán para aportar mayor agilidad y mayores garantías en el funcionamiento de la Administración de Justicia:

– Revisión de tasas judiciales, para racionalizar el funcionamiento de la Administración de Justicia y asegurar el sostenimiento del sistema de justicia gratuita para aquellos ciudadanos que carezcan de recursos para litigar. Previsto para el cuarto trimestre de 2012.

– Refuerzo de las garantías en la asistencia jurídica gratuita, con una nueva regulación. Previsto para el cuarto trimestre de 2012.

– Presentación de una nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria para contribuir a la agilización del funcionamiento de la Justicia. Previsto para el cuarto trimestre de 2012.

– Aprobación de una nueva Ley del Registro Civil, que agilizará la tramitación de expedientes, digitalizando el registro y ganando eficacia con la supresión de obligaciones formales. Previsto para el cuarto trimestre de 2012.

– La reforma del Código penal suprimirá las faltas, de forma que aquellas que no sean merecedoras de reproche penal se tramitarán, no por vía judicial, sino administrativa. El resto se tramitarán como delitos. Previsto para el primer trimestre de 2013.

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