Ryanair cede y aceptará el libro de familia para identificar a los menores de 14 años
La aerolínea cede tras los cientos de denuncias por exigir el DNI en contra de la normativa
Las familias podrán presentar el libro de familia para los vuelos nacionales
La aerolínea de bajo coste Ryanair ha dado su brazo a torcer tras la acumulación de denuncias por denegar el embarque a los menores sin DNI . A partir de ahora, según han informado en fuentes de la compañía aérea irlandesa, aceptará el libro de familia como documento de identificación válido en sus vuelos nacionales para los viajeros con menos de 14 años acompañados por sus familiares, tal y como estipula la normativa española.
La aerolínea, que gracias a su política de precios bajos se ha aupado como la primera del mercado español en número de pasajeros, se escudaba en que la normativa aérea de Irlanda, país donde está su sede y del que depende la licencia para operar, exige un documento de identificación con foto para permitir el embarque de los menores. Por este motivo, defendía que cumplía con la legislación y no estaba obligada a seguir la normativa española.
Además, la compañía argumentaba que una cláusula que el cliente estaba obligado a aceptar a la hora de adquirir el billete informaba de que los menores no podían viajar sin un documento de identificación con foto. El presidente de Ryanair, Michael O’Leary, defendía hace unas semanas a este periódico que no se planteaba cambiar de política: «Creemos que no pedir un documento con foto podría favorecer el tráfico de menores. No quiero ser irrespetuoso, pero en esos asuntos, tenemos el respaldo de las autoridades irlandesas”, señaló.
Sin embargo, los tribunales españoles han ido dando la razón sucesivamente a los usuarios afectados por esta práctica. La última sentencia en llegar, además, vino de una instancia superior, la de la Audiencia Provincial de Barcelona. En ella, los jueces ratifican la decisión anterior de un juzgado de primera instancia que declaraba nula la cláusula de Ryanair y se considera que no puede presentar un plan de seguridad que modifique la normativa española.
A este respecto, la norma europea para la seguridad de la aviación civil, el reglamento 300/2008, estableció unas normas comunes obligatorias para todo el espacio aéreo europeo, pero dejó a los Estados miembros la libertad de regular cómo se iba a aplicar dentro de su territorio.
Según el abogado Dan Miró, responsable de la web retrasos.net presentó la demanda contra Ryanair, la sentencia abre una vía para que todas las familias a las que se ha denegado el embarque por motivos de una identificación incorrecta de los menores de 14 años reclamen la devolución del dinero. Su asociación ha tramitado, continúa, unos 200 casos de estas características. También asegura que la decisión del tribunal dota a las autoridades pertinentes de Fomento de los instrumentos necesarios para sancionar a Ryanair.
Por otro lado, la sentencia de la Audiencia Provincial se suma a la dictada el pasado mes de diciembre por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona contra la cláusula de Ryanair por la que cobra 40 euros a los pasajeros por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto.
Fuente: www.expansion.com
Si usted o su empresa tienen cualquier consulta en el ámbito civil o a raíz de lo publicado en este articulo, no dude en ponerse sin ningún compromiso, en contacto con nuestro despacho de abogados. Le atenderemos y resolveremos las dudas planteadas. Puede ponerse en contacto mediante nuestro formulario, o bien en el email: info@abogados-hg.com o bien a través del teléfono: 912791980.