,

Manipular al testador y modificar su voluntad anula el testamento.

Para resolver cualquier duda jurídica  puede ponerse en contacto con nuestro Despacho de Abogados, le atendemos sin compromiso y resolvemos sus dudas jurídicas: info@h-abogados.com,  www.h-abogados.com, 912791980.

Fuente: www.eleconomista.es

Modificar la voluntad del testador para lograr un cambio en la herencia y obtener un beneficio propio en el reparto lleva a anular un testamento. Además, para acreditar la existencia de una manipulación es común utilizar la prueba de presunciones, por lo que no es necesario que exista una prueba documental.

Así lo establece el Tribunal Supremo en una sentencia de 25 de noviembre de 2014. El fallo anula un testamento al considerar que hubo dolo por parte de uno de los herederos «por inducir a sus padres a otorgar la herencia con unas determinadas disposiciones que habrían sido distintas de no mediar aquel artificio, astucia o maquinación».

En este caso, la denuncia parte de un ciudadano que sostiene que su hermana modificó la voluntad de sus padres para favorecerle en su testamento cuando éstos tenían ya más de 90 años. La denunciada asegura, sin embargo, que los progenitores cambiaron de opinión «por estar descontentos con su otro hijo».

El matrimonio otorgó su primer testamento ante notario en 1977, que permaneció sin modificarse hasta agosto de 2004, cuando ya se produjo una pequeña modificación en favor de su hija. Pocos meses después, en diciembre de ese mismo año, volvieron a modificar la herencia. Es en esta última modificación donde realmente el denunciante sale perjudicado en el reparto de la masa hereditaria.

El Tribunal Supremo entiende que el último cambio en diciembre supone una «situación al testar en diciembre inusual, innecesaria y lógicamente no explicable si no se enmarca en el seno de una conducta de terceros para obtener con premura, y en cualquier condición que fuera precisa, una modificación de la voluntad plasmada cuatro meses antes».

El Tribunal considera probado que hubo maquinación por parte de la hija hacia sus padres para que la beneficiaran en su legado.

El ponente de la sentencia, el magistrado Baena Ruiz, asegura que no existen motivos para que el matrimonio hubiera vuelto a cambiar de parecer en tan pocos meses. Tampoco existía una enfermedad que exigiera cambiar de manera rápida el testamento. Los testadores tardaron más de un año en morir tras la firma de la última modificación.

Además, el ponente indica que «la lectura de todos los documentos necesarios para modificar sus últimas voluntades resulta demasiado farragosa para personas de esa edad». El Tribunal no cree que el matrimonio «se embarcase en esa tarea por su propia voluntad».

Por otro lado, la sentencia del Supremo recuerda que no es necesario que la manipulación se cometa por algún posible heredero. La misma conducta realizada por un tercero también llevaría a la anulación de un testamento de la misma forma.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
💬 ¿Necesitas ayuda?
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?