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Fuente: www.h-abogados.com

¿Cuál es el precio que vale que publiquen la imagen de un abogado como si fuera el delincuente, por confusión?

Para el abogado y su prestigio, seguramente no tiene precio el daño ocasionado por dicha confusión, no obstante, el Tribunal Supremo, le acaba de poner precio.

El Tribunal Supremo, en la Sentencia del 30 de septiembre de 2.014, condenó al Diario ABC, por la publicación de la fotografía de un Letrado, en el que se le asocia a una trama presuntamente corrupta. En concreto en la edición del 11 de octubre de 2009 del diario se publicó una crónica con el siguiente titular:

“EL CASO GÜRTEL: Olegario intentó comprar los favores de 15 políticos con cinco millones de euros»;

En dicha crónica, con el epígrafe «favores políticos», apareció en la tercera fila, en el margen inferior derecho, una foto del abogado, «relacionándolo con un presunta ‘trama de corrupción’ «.

Nos podemos imaginar la cara del abogado y su familia, al leer el periódico ABC, y ver su fotografía señalándole como el presunto delincuente que quería comprar a políticos mediante pagos de 15 millones de euros, así como las llamadas de sus clientes solicitándole explicaciones o lo que es peor clientes que dejasen de llamarle.

El Letrado remitió inmediatamente un burofax al Diario ABC, solicitando, la inmediata rectificación de tan lamentable error. Pues bien, a pesar que lo esperado hubiera sido una llamada de disculpa y la inmediata rectificación, el diario siguió publicando noticias sobre el tema y no fue hasta el quinto día de la recepción del burofax, cuando se produjo la rectificación. Según el Letrado, el Diario ABC, no se quiso publicar la rectificación en el fin de semana, ya que son los días de más tirada y lectura de periódicos. Además de ello la rectificación no se realizó según la Ley Organica de Rectificación.

La excusa del Diario ABC, fue que:

 “únicamente existió un error al publicar la fotografía del abogado como si fuera la de su cliente Don Teófilo, dicho error se produjo por haberse tomado una fotografía del demandante  a la entrada de la sede de los Juzgados cuando acompañaba a su cliente a prestar declaración ante el Juez, lo que provocó la confusión inicial de quién era el abogado y quién el imputado.”

Si la profesión de abogado no tiene de por si dificultades y peligros escondidos, los que nos dedicamos a la profesión, acabamos de conocer uno nuevo, y es lo fácil, sencillo y barato que es que al abogado le confundan con el delincuente y lo publiquen en los medios de comunicación de tirada nacional.

 Y es barato ya que a pesar que el Letrado solicitó, la cantidad de Cien Mil Euros (100.000 €),  la condena fue de 6.000 €, y finalmente el Tribunal Supremo ha moderado dicha dejando la indemnización en 4.000 €.

La protección de la dignidad de los profesionales, no solo de los abogados, debe de gozar de mayor protección. Una sociedad que se digne, debería de valorar en mayor medida a los profesionales y el trabajo que les cuesta tener un cierto prestigio en su profesión. No se pretende que España sea como Estados Unidos en el que seguramente la Sentencia hubiera sido millonaria, pero los profesionales pretendemos que se nos valore y se nos proteja de situaciones indignantes como la ocurrida al Letrado que demandó al Diario ABC.

Con toda seguridad, dicho Letrado no ha quedado conforme con la Sentencia, pero con lo que si puede contar en con el respeto del resto de compañeros de profesión.

Sentencia:

Fuente: www.eleconomista.es

Existe delito de estafa, y no simple apropiación indebida, cuando un abogado aconseja a su cliente una venta simulada de bienes a favor del propio letrado con el fin de quedárselos, dado que, según recoge una sentencia del Tribunal Supremo, no es exigible a los clientes un nivel de diligencia tal que deba hacerles dudar de los consejos de su abogado.

Existe, por tanto, engaño bastante, requisito básico para la concurrencia de este delito. Así lo resuelve el Tribunal Supremo, en sentencia de 30 de octubre de 2012, de la que es ponente el magistrado Conde-Pumpido Tourón. En ella se aborda el caso de un abogado que propuso a varios clientes que le transmitieran en propiedad, mediante contratos simulados, sus bienes inmuebles, con el fin de asegurar sus intereses, configurando una especie de fideicomiso. En concreto, los clientes que denunciaron en este supuesto querían recuperar su piso arrendado para que pudiera alquilarlo su hija.

La defensa del abogado alegó que los clientes «debieron desconfiar de su abogado cuando éste les propuso engañosamente poner los bienes a su nombre, sin pago o contraprestación alguna», ya que «no adoptaron los mecanismos de defensa adecuados».

Para el Supremo, al contrario, «una cosa es la exclusión del delito de estafa en supuestos de engaño burdo o de absoluta falta de perspicacia, estúpida credulidad o extraordinaria indolencia, y otra que se pretenda desplazar sobre la víctima de estos delitos la responsabilidad del engaño, exigiendo un modelo de autoprotección o autotutela que no está definido en el tipo ni se reclama en otras infracciones patrimoniales».

Así, en este caso, «los perjudicados fueron conducidos deliberadamente al error precisamente por la persona que más inesperado resultaba que pudiese hacerlo, su propio abogado, a través de un conjunto de actuaciones que en absoluto pueden ser calificadas de burdas, sino de jurídicamente bien articuladas, y que actuaba buscando la confianza que los ciudadanos depositan en los honorables miembros de esta dignísima profesión».

De ahí que los afectados no pudieran «imaginar» que las soluciones del abogado estaban diseñadas en su único y exclusivo beneficio.

En realidad, las ventas disimulaban implícitamente supuestos acuerdos de fiducia fundados en la confianza y la buena fe, para la conservación de los bienes y con la obligación, por tanto, de no disponer de ellos y de devolverlos según lo acordado. Se aclara, en este sentido, que en los casos en que se constituye una fiducia válida pero luego se produce la retención del bien, nos encontramos ante un delito de apropiación indebida, pero cuando se constituye ésta fraudulentamente, con ánimo de engañar, estamos ante un delito de estafa.

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